1. Concepto del Derecho. La triple vertiente de su finalidad
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El Derecho es el conjunto de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos interpersonales. Estas normas y leyes han sido creadas por el Estado para mantener un orden en la sociedad, este se preocupa por que se cumplan aunque se tengan que emplear duras medidas.
Una de las características del derecho es la de ser imperativo atributivo, es decir, imperativo porque impone unas leyes y normas las cuales se han elaborado por el Estado para mantener un orden; por otro lado atributivo porque otorga a una persona distinta del obligado el poder de exigirle el cumplimiento de esas normas o leyes.
Otra característica es que el individuo puede discrepar sobre el contenido de la norma, pero la tendrá que cumplir aunque él no esté de acuerdo.
La tercera característica es que el Derecho y las normas jurídicas que lo forman hacen referencia a las relaciones entre las personas.
La última característica es que existe la posibilidad de usar la fuerza debidamente organizada para exigir cumplir la norma y si éstas son violadas, se debe aplicar la sanción correspondiente.
La convivencia, es decir, el hecho de vivir con los demás, de vivir en sociedad, requiere un orden, sin el cual no sería posible. El derecho supone una serie de normas que ordenan actividades, pero del hombre conjuntamente considerado, del hombre en sociedad.
Se utiliza en la práctica con distintos sentidos:
-Como sinónimo de norma o conjunto de normas encargadas de regular las relaciones humanas. Es el derecho en Sentido Objetivo.
-Como facultad de un sujeto frente a otros, que viene otorgada por la anterior y que se conoce como el Derecho en Sentido subjetivo.
-Como Derecho positivo. Cuando rige en un determinado momento en que se le contempla; así, actualmente en España, el Derecho Positivo es el Código Civil de 1889.

