2. El ordenamiento jurídico y la norma jurídica

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El ordenamiento jurídico (orden jurídico) es el conjunto de normas que rigen en una determinada época y en un lugar determinado.Se ocupa de una determinada sociedad en un lugar y momento determinado.

Otra definición sería: El orden jurídico es un sistema de normas reconocidas, practicadas y sancionadas dentro del territorio, regulando las funciones y relaciones entre las autoridades y los individuos con éstas y entre sí, a través de la Constitución.

Características

El ordenamiento jurídico se caracteriza por la estatalidad de las normas ya que éstas son dictadas por los órganos a los que la constitución atribuye potestad normativa.

Otra característica es la unidad formal del ordenamiento jurídico, es decir, cada tipo de norma en función de su fuente de producción va a ser igual a las que siguen su misma forma aunque el contenido sea distinto.

Otra característica del ordenamiento jurídico es que es el resultado de la armonización de dos o tres órdenes normativos.

La norma juridica

La norma jurídica regla u ordenación del comportamiento humano dictado por autoridad competente de acuerdo a un criterio de valor y cuyo incumplimiento trae aparejado una sanción. Generalmente, impone deberes y confiere derechos. las caracteriasticas son las siguientes:

caracter heteronomo (impusto por otro), bilateral (frente al sujeto obligado a cumplir la norma, existe otra faculta para seguir su cumplimoento), cohercible (exigible por medio de sanciones tangibles), externos (importa el cumplimiento de la norma; al no estar convencido de la misma)

El fin de la norma jurídica es el bien común ya que se busca el bienestar de todos los individuos de la sociedad y que no haya un sector privilegiado.

Las funciones son las siguientes:

Función motivadora: La norma trata de motivar para que se abstengan de violar las condiciones de convivencia y en especial, de dañar ciertos bienes jurídicos. Desplega sus efectos ex ante. Por ello la sanción atiende a la prevención especial.

Función protectora: La norma trata de proteger las condiciones de convivencia y en especial ciertos bienes jurídicos. Desplega sus efectos ex post. Por ello la sanción atiende a la prevención general.


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