3. Persona jurídica
De WikiDds, la enciclopedia libre.
Persona Jurídica
- Concepto
- TIpos de asociaciones mediante las cuales dividiremos las personas en:
- -Asociaciones
- -Fundaciones
- Capacidad jurídica
- Órganos de representación
- Domicilio y nacionalidad
- Extinción de la persona jurídica
Persona jurídica es la organización permanente o estable encaminada a la consecución de un fin digno de protección, que constituye una entidad independiente y separada de sus miembros y de quien la creó y que tiene la condición de sujeto de dcho. La separación de la persona jurídica de sus miembros supone que actúa aquella y que estos no cuentan.
Las personas jurídicas se pueden dividir en asociaciones y en fundaciones:
Asociación: agrupación de personas físicas que persiguen un fin común, cumpliendo los requisitos establecidos por la ley.
- Clases de asociaciones:
- a)Asonciaciones de interés público: corporaciones creadas por la ley o constituidas por la voluntadad de los
- asociados, que establecen unos estatutos persiguiendo una finalidad de caracter público.
- b)Asociaciones de caracter privado: creadas por la voluntad de los asociados, persigues un fin común de índole particular y busca ser para beneficio propio.
- Constitución de las asociaciones:deberan contarcon unos estatutos creados por la voluntadn de los socios, que establezcan la regulación interna de las mismas y en los cuales deben figurar cuestiones como por ejemplo: denominción de la asociación, fines, domicilio...
- Funcionamiento:es preciso respetar las siguientes normas:
- a)La Asamblea general integrada por todos los socio es el örgano supremo.
- b)La modificación de estatutos debe aprobarse en la asamblea general extraordinaria.
- c)La representación la obstenta el presidente.
- d)La asociación debera tener una serie de libros como: registro de asociados, registro de actas y los de contabilidad.
- Suspensión y extinción: solo podra ser suspendidas o disueltas en virtud de resolución judicial motivada.La suspensión supone la aparienciación sin la pérdida de personalidad jurídica; por el contrario la disolución se implica a dicha pérdida y por tanto la extinción de la sociedad.
Capacidad de la persona jurídica
Pude decirse que la persona jurídica goza de una amplia capacidad, así puede, adquirir y poseer bienes de todas clases, contraer obligaciones y ejercitar acciones civiles o criminales conforme a las leyes y reglas de su constitución. Sin embargo, no tiene capacidad para testar.
Órganos y representación. Responsabilidad
Existen unos organos compuestos por personas físicas que en nombre y representación de la persona jurídica, realizan las actividades precisas para alcanzar el fin propuesto. Los actos realizados por los órganos de la persona jurídica vinculan a ésta, a todos los efectos, arrastrando hacia ella todas las consecuencias jurídicas. Legalmente, quien actúa es al persona jurídica. En cuanto a la representacion, las personas jurídicas actúan a través de dichos òrganos, cuya actividad tiene una doble proyección: -La interna (órganos administrativos de las personas jurídicas, cuya función no trasciende al exterior) -La externa (órganos de representación cuya función trasciende al exterior, en sus relaciones con terceras personas)
Las personas jurídicas pueden ser declaradas responsables de los actos y omisiones que generen obligación de indemnización por los daños causados.
DOMICILIO Y NACIONALIDAD:'
1.Domicilio. Nuestra legislación civil establece tres criterios a efectos de fijación del domicilio de las personas jurídicas: -En primer lugar hay que atender al determinado por la ley que las haya creado o reconocido. -En segundo lugar tendrán el domicilio en el lugar donde se encuentre establecida su representación legal. -Por último, ya falta de los criterios anteriores, el domicilio será el del lugar donde la persona jurídica ejerza sus principales funciones.
2.Nacionalidad
La nacionalidad no basta con que la persona jurídica tenga su domicilio en territorio español, sino que se precisa, además, que se constituya con forma a la ley española. Las asociaciones domiciliadas en el extranjero tenfrán en España la consideración y los derechos que determinen los trataddos o leyes especiales.
Extinción de las pesonas jurídicas:variará dependiendo de las características y circunstancias de cada clase de persona jurídica.La extinción de la persona jurídica podrá efectuarse con la muerte del socio sino de causa prevista en su constitución o por la disolución conforme a su ley específica.
Los modos comunes de extinción son los siguientes:
-Expiración del plazo previsto para su duración, si éste se fijó.
-Realización o consecución del fin para el cual se constituyó.
-Imposibilidad de lograr el fin social.
-Disolucíon por voluntad de los socios.
ATRIBUTOS DE PERSONALIDAD DE LAS PERSONAS JURÍDICAS:
Atributos de personalidad son aquellas propiedades o características propias a la persona y que son únicas a cada una de ellas. Estos atributos son:
1) Nombre: Denominación con la cual se distinguen las personas morales. Normalmente corresponde a la razón social.
2) Domicilio: Corresponde al lugar donde la persona jurídica tiene la administración de su sociedad.
3) Nacionalidad: Se encuentra regulada por el ordenamiento jurídico.
4) Patrimonio: Son los recursos o medios que les permite a las sociedades realizar sus fines, sin los cuales no podrían desarrollar sus funciones, pues quebrarían.

