4. Obligaciones y derechos del empresario y la empresa
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Uno de los objetivos de la empresa e3s obtener beneficios y, para ello, posee libertad de actuar para obtenerlos; pero esto no excluye que el empresario tenga una responsabilidad social y que exista una serie de normas a las que debe adaptarse en su actuación. Entre estas normas encontramos las contables, las que se refieren a la competencia y publicidad, a la propiedad industrial y a la defensa de los consumidores y las del Registro Mercantil.
Normas contables
La parte del Código de Comercio destinada a la contabilidad va desde el artículo 25 al 49, aquí se recogen las obligaciones en materia de contabilidad, entre las cuales están las siguientes:
- El empresario debe llevar una contabilidad ordenada, adecuada a la actividad de la empresa, que permita un seguimiento cronológico de todas las operaciones, así como la elaboración periódica de balances e inventarios. También se debe llevar, necesariamente y sin perjuicio de lo establecido en las leyes y disposiciones legales, un libro de inventario y cuentas anuales y otro diario.
- La contabilidad la llevarán directamente los empresarios o las personas debidamente autorizadas. Se entenderá que se ha concedido la autorización si no hay alguna pueba que diga lo contrario.
- Las sociedades mercantiles tienen que llevar, además un libro o libros de actas donde constarán, como mínimo: los acuerdos adoptados en las juntas generales y especiales, y por otros órganos colegiados de la sociedad; un resumen de los asuntos tratados; las intervenciones de las cuales se haya pedido constancia; y de los resultados de las votaciones.
Competencia y publicidad
Con la finalidad de garantizar la competencia en los mercados y conseguir que se produzca de forma leal, se han creado leyes de defensa de la competencia y de competencia desleal.
La Ley de Competencia sanciona conductas que puedan impedir, restringir o falsear la competencia del mercado nacional. Algunas de estas conductas son la fijación de precios al margen de la ley de oferta y la demanda, o el reparto de mercado o de fuentes de aprovisionamiento con el objetivo de dominar el sector. Por tanto, la ley impide a las empresas abusar de una posición dominante.
En cuanto los comportamientos considerados desleales, la ley destaca omitir o falsear verdades sobre el producto propio, o los actos que menosprecian los productos de los competidores.
La Ley General de la Publicidad pretenden que la publicidad se realice en un marco leal, sin que cause perjuicios a terceros, atente contra las personas, ni vulnere valores y derechos reconocidos en la Constitución. Por tanto, la ley prohíbe la publicidad engañosa, la publicidad desleal y subliminal.
Propiedad industrial y defensa de los consumidores
El Estado ha creado unas normas que amparan la propiedad industrial con el fin de proteger a los creadores de nuevos inventos y técnicas que se puedan aplicar a procesos industriales, así como al productor , fabricante o comerciante, con la cracción de signos especiales.
Hay dos modalidades de propiedad industrial: las invenciones, que comprenden la patente de invención, los modelos de utilidad (pequeñas invenciones) y los modelos y dibujos industriales y artísticos; y los signos distintivos, que comprenden el nombre comercial, las marcas y los rótulos de establecimiento.
Esta ley le permite utilizar industrialmente, durante un tiempo y de forma exclusiva, inventos e innovaciones previamente patentados. Mediante la patente se le reconoce a quien haya realizado un nuevo invento aplicable a la industria el derecho de explotación exclusiva, durante un tiempo determinado desde su solicitud. Este derecho pertenece al inventor, que lo puede vender, donar o legar.
Todas las patentes se publican en Registro de Propiedad Industrial.
El consumidor también esta protegido mediante la ley para la defensa de consumidores y usuarios. La ley reconoce el derecho de consumidores y usuarios a ser indemnizados por daños y perjuicios demostrados en el consumo de productos o en la utilización de bienes, y estable una serie de sanciones administrativas para las empresas que incumplan las normas de consumo.

