7. Infracciones y sanciones tributarias

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Los hechos que constituyan una violación a lo dispuesto respecto a la sobligaciones tributarias son objeto de represión por parte de la Administracion Tributaria.

*INFRACCIONES TRIBUTARIAS

Son las acciones y omisiones que estan establecidas previamente por la Ley en las leyes tributarias. El infractor puede ser cualquier persona que tenga la condición de obligado tributario, ya sea persona física o jurídica. Las infracciones se dividen en simples y graves:

-Infracciones simples: en estas no existe un perjuicio económico para la Hacienda Pública. Los incumplimientos del obligado tributario se centran en deberes formales de gestión de los impuestos, siempre que el hecho no esté tipificado como una infracción grave. Hay dos tipos de infracciones simples:

1.Las infracciones derivadas de los deberes registrales y contables.

2.Las infracciones derivadas del incumplimiento de los deberes de colaboracion con la Administración Tributaria de acuerdo con lo previsto en las leyes.

-Infracciones graves.Estas son las que causan un daño económico directo a la Hacienda Pública. Hay 4 tipos de infracciones graves:

1.DEjar de ingresar,dentro d elos plazos reglamentariamente señalados, la totalidado prate de la deuda tributaria, de los pagos a cuenta asi como las cantidades retenidas.

2.Disfrutar indebidamente beneficios fiscales,exenciones,desgravaciones o devoluciones.

3.Acreditar improcedentemente partidas positivas o negativas o créditos de impuesto, a deducir o compensar en la base o en la cuota, en declaraciones-liquidaciones propias o de terceros.

4.Determinar bases imponibles, o declarar cantidades a imputar a los socios, por las entidades sometidas al régimen de transparencia fiscal que no se correspondan con la realidad.

SANCIONES TRIBUTARIAS

La existencia de sanciones en el ordenamiento tiene una función preventiva ya que influye en la actitud del sujeto antes de que trate de us comisión y represiva,evitando que una vez se cometa el hecho sancionalbe, el infractor pueda beneficiarse patrimonialmente del acto.

Las sanciones tributarias se dividen en:

-Multas pecuniarias, que serán fijas, oscialndo entre un máximo y un mínimo según el hecho,o proporcionales. La ley determina la sanción aplicable a cada caso concreto.

-Sanciones no pecuniarias, que implican la imposibilidad de realizar determinadas actuaciones o ejercer ciertos derechos. Son sanciones no pecuniarias las siguientes:

  • Pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y beneficios incentivos fiscales durante un periodo de un tiempo.
  • Prohibición por un tiempo determinado de celebrar contratos con el Estado.
  • Suspensión en el ejercicio deprfesión oficial,empleo o cargo público.

Las sanciones se graduarán según las circunstancias recogidas en el cuadro al margen.

EXTINCIÓN DE LAS SANCIONES TRIBUTARIAS.


La responsabilidad derivada d ela acción que dio lugar a la imposición de sanción cesa de las siguientes formas:

-Por el pago de la sanción, cuando ésta consista en el ingreso en el TEsoro de una cantidad líquida.

-Por el transcurso del tiempo, cuando la sanción consista en la privación durante un tiempo del ejercicio de un derecho,como acceder a la contratación pública o beneficiarse de subvenciones o exenciones tributarias.

-Por la prescripción

-Por la condonación(perdón) graciable por parte del ministro de Economía y Hacienda previa solicitud del sujeto infractor.

-Por muerte.

En el caso de que el sancionado sea una persona jurídica colectiva y ésta se disuelva o liquide, las obligaciones tributarias se transmiten a los socios o partícipes en el capital, que responderán de ellas solidariamente y hasta el límite del valor de la cuota de liquidación que se les hubiere adjudicado.

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