8. El delito fiscal

De WikiDds, la enciclopedia libre.

Es delito toda acción u omisión que por el daño y gravedad que cause a la conciencia colectiva ha sido considerado el causante merecedor de una sanción de acuerdo con lo previsto en la ley penal. Solo existe sanción penal cuando nos encontramos con una acción u omisión tipificada en la ley, culpable y punible de la que son responsables una o varias personas en diversos grados. La participacíon en el delito puede ser como autor(persona que comete el delito) o cómplice(persona que coopera en la realización de un delito).

En el ámbito fiscal se consideran delictivas las conductas que se recoen en el Código Penal,que, por su gravedad y trascendencia social, la ley ha considerado merecedora de sanción penal con penas tanto pecuniarias como privativas de libertad.

Los delitos en el orden fiscal consisten en la realización de actos que causen un daño económico a la Hacienda Pública o instituciones económicas de la Unión Europea cuantificado en la cantidad que en cadsa caso la ley penal especifique.

Los daños económicos a la Hacienda Pública consisten en:

-Defraudar a la hacienda pública estatal, autonómica foral o local en cantidades no pagadas u obteniendo devoluciones indevidas.

-Defraudar a órganos de la Unión Europea, no ingresando cantidades debidas u obteniendo de manera fraudulenta subvenciones.

-Obtener subvenciones públicas de manera fraudulenta.

-Incumplir obligaciones contables o realizar anotaciones contables ficticias.

La imposición de penas es compatible con multas,recargos e intereses de demora que sean aplicables al caso.

Personal tools